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    Jurisprudencia

    Exequátur de divorcio brasileño por reciprocidad y protección de derechos de menores

     Exequátur de divorcio brasileño por reciprocidad y protección de derechos de menores

    Sentido del Fallo

    Favorable

    Corte Suprema de Justicia·20 de jun de 2026·Verificado

    1. Contexto y hechos relevantes

    La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, conoció la solicitud de exequátur de una sentencia de divorcio proferida en Brasil en agosto de 2023. El accionante, quien contrajo matrimonio en Brasil en 2017 y registró su unión en Colombia en 2018, buscaba la homologación de dicha sentencia, la cual decretó el divorcio por mutuo acuerdo. A la solicitud se anexaron diversos documentos, incluyendo la sentencia extranjera, certificados de matrimonio y nacimiento de la hija menor, así como conceptos del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la vigencia de la Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Extranjeros entre Colombia y Brasil.

    2. Estudio de la corte

    La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural analizó la procedencia del exequátur de la sentencia de divorcio brasileña, enfocándose en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Extranjeros, así como el Código General del Proceso (CGP). La Corte verificó la existencia de reciprocidad diplomática entre Colombia y Brasil, la competencia del juez extranjero, el cumplimiento de las formalidades externas y la debida traducción de los documentos. De manera puntual, se constató que la decisión no era contraria al orden público colombiano, especialmente en lo concerniente a la protección del interés superior de la hija menor, cuyo acuerdo de custodia, alimentos y visitas fue avalado por la Corte al ser compatible con la legislación nacional. Finalmente se determinó que no existía competencia exclusiva de jueces colombianos ni procesos pendientes sobre la misma materia.

    3. Decisión

    La Corte Suprema de Justicia concedió el exequátur solicitado, ordenando que la sentencia de divorcio proferida por el juzgado de familia en Brasil surta plenos efectos jurídicos en Colombia. Se dispuso la inscripción de la sentencia en los registros civiles correspondientes, tras verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales y convencionales para la homologación.

    4. Impacto práctico

    Los ciudadanos colombianos o extranjeros con sentencias de divorcio proferidas en Brasil podrán obtener su homologación en Colombia si cumplen con los requisitos legales y convencionales, garantizando la validez de sus decisiones. El fallo destaca la protección del interés superior de los menores, asegurando que sus derechos y bienestar sean prioritarios en procesos de divorcio internacional.

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