1. Resumen de la novedad
El Decreto 1040 de 2026 reglamenta parcialmente preceptos de la Ley 2466 de 2025 y desarrolla disposiciones de las Leyes 1010 de 2006, 2365 de 2024, 1257 de 2008, 248 de 1995 y 2528 de 2025 relativas al acoso, la violencia y la discriminación en el ámbito laboral. Asimismo adiciona el Capítulo 8 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015. El decreto sostiene la obligación compartida de empleadores, trabajadores y Estado de prevenir, proteger, atender, investigar y sancionar hechos de violencia y acoso en el trabajo, y reconoce la protección amplia prevista en la Ley 2466 de 2025 para personas en distintas situaciones en el mundo del trabajo.
2. Novedades clave
- Amplía la protección frente al acoso, violencia y discriminación a trabajadores, contratistas, aprendices, practicantes, aspirantes y terceros.
- Reconoce conductas de acoso o violencia que pueden ocurrir una sola vez.
- Obliga a implementar y socializar una política y un protocolo específico de prevención, atención, investigación y protección.
- Exige actualizar RIT, contratos de trabajo y otras formas de vinculación.
- Establece canales confidenciales, formación anual y registro de casos.
- Impone medidas de protección inmediatas, incluso sin prueba previa.
- Prohíbe confrontación y conciliación en violencia basada en género.
- Refuerza protección contra represalias.
- Introduce enfoque de género, flexibilización probatoria y presunciones de discriminación.
- Articula la gestión con SG-SST, ARL y Ministerio del Trabajo.
3. Impacto práctico
El Decreto 1040 de 2026 obliga a las empresas a revisar integralmente sus mecanismos de prevención y atención del acoso, la violencia y la discriminación laboral. En la práctica, exige actualizar el Reglamento Interno de Trabajo, contratos y protocolos internos, establecer canales confidenciales de denuncia, definir responsables y adoptar medidas inmediatas de protección. También requiere articular estas actuaciones con el SG-SST, las ARL y el Comité de Convivencia Laboral. Además, fortalece la protección frente a represalias e introduce reglas especiales de valoración probatoria y enfoque de género, lo que exige mayor rigor documental y procedimental en las decisiones empresariales.
4. Obligaciones y alcance
Exige adoptar y socializar una política institucional y un protocolo específico de prevención, atención, investigación, protección y seguimiento, con canales seguros y confidenciales de denuncia, responsables definidos, medidas correctivas y formación anual. También obliga a actualizar el Reglamento Interno de Trabajo, los contratos laborales y otras formas de vinculación, informando sobre la existencia y obligatoriedad de estos instrumentos. Además, impone medidas inmediatas de protección a víctimas y testigos, articulación con el SG-SST y las ARL, tratamiento reservado de la información, prevención de represalias y seguimiento de los casos. En violencia basada en género incorpora reglas de no confrontación, no conciliación, enfoque diferencial y valoración probatoria con perspectiva de género, junto con mayores deberes de diligencia en las investigaciones internas. Fecha de expedición 2026-05-08.







